| Newsletter, Año I, Volumen 1 | |
| Fecha: noviembre de 2004 | |
| Artículos: | |
| ¿Nos estamos envejeciendo? | |
| Sobre contratos de adhesión en materias de seguro | |
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En Panamá, hemos disminuido paulatinamente la Tasa de Crecimiento de 3.17 entre los años 1911 – 1920 a una tasa de crecimiento de 2.00 entre los años 1990 – 2000. Ello se consecuencia directa de una disminución de la fecundidad a nivel nacional. Varios son los factores que llevan a una disminución de la fecundidad de la población local y global y esta es mucho más acentuada en los países más desarrollados del planeta. Aunado a esta disminución porcentual en el número de nacimientos, en este milenio seremos testigos de un incremento sin precedentes en la Tasa de Mortalidad global. Hasta la Revolución Industrial, tan solo el 2% ó 3% de la población mundial superaba los 65 años de edad. Hoy, 14% de la población mundial lo hace y se espera que para el año 2030 el 23% de la población mundial llegue a los 65 años. En algunos países el porcentaje será de 30% de su población. De seguir la tendencia de disminución en la Tasa de Crecimiento, se espera que la población total de Europa Occidental y del Japón disminuirá a la mitad de la población actual para fines de este siglo y un alto porcentaje de ella (al menos el 30%) estará formada por personas mayores de 65 años. Para finales de este siglo, la población mundial habrá agregado 20 años a su expectativa de vida. A nivel mundial, la disminución en la Tase de Crecimiento y el aumento en la Tasa de Mortalidad están produciendo retos sin precedentes en lo relativo al mantenimiento de la seguridad económica y social de los ciudadanos. Durante los próximos 30 años, Panamá como la mayoría de los países en desarrollo deberán disponer de fondos equivalentes entre el 9% a 16% del PIB (Producto Interno Bruto) para financiar las pensiones de su creciente población de jubilados. La limitada capacidad de respuesta de nuestros gobiernos permitirá el desarrollo de nuevos planes privados de jubilación para atender las necesidades de la creciente población de adultos mayores. |
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Calificado como un gran avance en el desarrollo de la industria de seguros, recientemente la Honorable Coste Suprema de Justicia ratificó los planteamientos del Artículo 36 de la Ley de Seguros, el sentido de que la Superintendencia de Seguros y Reaseguros está revestida del poder suficiente para revocar este tipo de prácticas, debido a que restringe el espíritu de la norma reglamentaria. Para mayores aclaraciones referirse a la Gaceta Oficial No. 25,105 de 30 de julio de 2004. Haga valer su derecho… Aunque lo anterior es un gran avance en materia de protección al consumidor, es importante que los consumidores conozcan y hagan valer sus derechos a la hora de buscar un financiamiento para su vivienda, negocio o automóvil. Consulte primero… Generalmente, los bancos y financieras no ofrecen pólizas competitivas y algunos contratos contienen cláusulas en donde el cliente cede su derecho a libre contratación; aceptando así la póliza y la prima que el banco contrató a su nombre. No firme el contrato sin consultarlo antes con su asesor de seguros. Con seguridad éste le podrá ofrecer mejores condiciones y costos. Si necesita ayuda, llame al 263-6450 o envíe un e-mail a: grupo@centraldeseguros.com |
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